Resumen
En el siglo XVI, según ordenanzas de Hernán Cortés, los regidores de los primeros cabildos debían ser nombrados por la máxima autoridad en Nueva España. Más adelante, éstos podían ser elegidos de entre los vecinos, por orden real. Pero esta prerrogativa duró poco tiempo pues el monarca empezó a designarlos con carácter vitalicio y, finalmente, los oficios de regidores se hicieron vendibles.Cómo citar
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Derechos de autor 1970 Universidad Nacional Autónoma de México

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